Código Penal
Redacción Oxígeno
18/10/2017 - 06:42

Diputados aprueban artículo sobre Mala Práctica Profesional

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, explicó que se cumplió con el acuerdo con los médicos y con la prensa.

Diputados aprobaron el Código hasta el artículo 209. Foto: Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados aprobó en detalle el Artículo 200 del proyecto de Código del Sistema Penal sobre Mala Práctica Profesional, que se refiere a profesionales que hubieran cometido actos de negligencia, impericia o imprudencia y que dañen la integridad física o la salud de la persona.

El Artículo modificado consta de siete parágrafos. El primero establece: “La persona que, en el ejercicio de su profesión, oficio o actividades cause daño a la salud o integridad física de otra persona, por infracción a un deber objetivo de cuidado, por imprudencia, negligencia, impericia, inobservancia de los protocolos, reglamentos o los deberes inherentes al ejercicio de su profesión, oficio o actividad, será sancionada con reparación económica y cumplimiento de instrucciones judiciales”.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, explicó que se cumplió con el acuerdo con los médicos, ya que en la redacción no se habla exclusivamente de profesionales médicos y que por esta razón “en las reuniones con los colegios de médicos quedó claro que el nombre original que era Mala Práctica Médica quedaba demasiado corto, porque inclusive en el ámbito de la salud no son sólo los médicos los que pueden cometer negligencia, impericia o imprudencia que tengan como resultado el daño  a la integridad física y la salud de las personas”.

Según Montaño también se respeta el acuerdo con el sector de la prensa, ya que fueron incorporados en una nueva redacción que no afecta en nada a los periodistas, no modifica su situación actual y no pasa por encima de la Ley de Imprenta.

El Colegio Médico de La Paz anunció que se reunirían a nivel nacional para analizar la redacción del artículo cuestionado.

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