Imputación
César Sánchez
07/02/2020 - 19:46

La Fiscalía imputa a Gustavo Torrico por tres delitos

La defensa de Torrico había presentado una acción de libertad argumentando una aprehensión "ilegal" de la autoridad en el marco del caso sedición y terrorismo. No obstante, la Sala Constitucional Primera negó la solicitud.

El fiscal de Materia, Marco Villa, informó el viernes que el Asambleísta Departamental, Gustavo Torrico, fue imputado por los presuntos delitos de sedición, terrorismo e instigación a delinquir, cometidos durante los disturbios sociales de octubre y noviembre, tras las elecciones anuladas del pasado 20 de octubre.

"Luego que la Sala Constitucional Primera negó la acción de libertad interpuesta por don Gustavo Torrico, el Ministerio Público presentó la imputación formal por tres tipos penales", informó el fiscal en rueda de prensa.

La defensa de Torrico había presentado una acción de libertad argumentando una aprehensión "ilegal" de la autoridad en el marco del caso sedición y terrorismo. No obstante, la Sala Constitucional Primera negó la solicitud.

El fiscal Villa, en ese sentido, señaló que en la audiencia de acción de libertad, la Fiscalía demostró que la aprehensión en el barrio Los Almendros de la zona Sur se desarrolló acorde a procedimiento.

Asimismo, Villa indicó que se encontró entre otros elementos, las declaraciones que hizo a un medio de comunicación, cuando indicó que podrían haber fallecidos en las protestas que pedían la renuncia de Evo Morales a la presidencia, en concreto se dirigió a las madres y dijo: “no sé cuántas están dispuestas a sacrificar a sus hijos, llevarse ese dolor tan criminal que es el sentir la muerte de tu hijo”.

"Son esos elementos y otros con los cuales la Fiscalía dispuso su aprehensión e imputación", señaló.

A su vez, Andrés Zúñiga, abogado defensor de Torrico, dijo que, en la audiencia cautelar, ratificará que hubo una mala diligencia en la notificación a su cliente y que no se realizó una comunicación real en su domicilio para que sea convocado a declarar.

Dijo que se desconoce el artículo 151 de la Constitución, "que orienta que cualquier asambleísta que opine, que exprese algún argumento político e ideológico que lo vincule con su labor, no puede ser susceptible de persecución penal".

Mencionó que el artículo 152 de la Constitución que dice que "los asambleístas no pueden enfrentar detención preventiva, excepto el delito sea flagrante y en este caso no hubo flagrancia y los delitos que se le atribuyen son realmente alarmantes", afirmó.

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