La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz aceptó la Acción de Amparo Constitucional presentada por el (ex) candidato a la Gobernación de La Paz por NGP, René Yahuasi, y fijó audiencia para el próximo 16 de abril.
“En atención a la demanda de acción de amparo constitucional, SE ADMITE la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por RENE YAHUASI CALAMANI (…) por lo que se señala audiencia pública para la consideración de la citada acción de defensa para fecha 16 DE ABRIL DE 2026 A HORAS 08:30 a.m., a desarrollarse mediante plataforma virtual Zoom” (sic), señala el documento.
De la misma manera, la Sala Constitucional dispuso la suspensión temporal de las resoluciones mediante las cuales el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aceptó la declinatoria de Nueva Generación Patriótica (NGP) de participar en segunda vuelta y proclamaba a Luis Revilla como Gobernador electo de La Paz.
Eso sí, especifica que la decisión no afecta el desarrollo de la segunda vuelta electoral en otros departamentos.
“En el marco de lo previsto por el art. 34 del CPco., SE DISPONE la aplicación de la medida cautelar, consistente en la SUSPENSION TEMPORAL, INMEDIATA Y PROVISIONAL DE LOS EFECTOS DEL AUTO TSE-RSP No 064/2026 DE 1 DE ABRIL 2026; y, LA RESOLUCION JURISDICCIONAL TSE-RSP-JUR 01266/2026 DE 06 DE ABRIL DE 2026, sin que ello signifique la suspensión de las elecciones de la segunda vuelta de otros departamentos; hasta que esta Sala emita una decisión de fondo respecto de la supresión de derechos alegados por el accionante”.
Por los resultados de las elecciones del 22 de marzo, Luis Revilla y René Yahuasi deberían ir a la segunda vuelta para definir al nuevo Gobernador de La Paz.
Sin embargo, el partido Nueva Generación Patriótica (NGP) desistió de participar del balotaje, sin el consentimiento de su candidato René Yahuasi.
Así, la Sala Plena del TSE decidió aceptar la decisión de la directiva del NGP y, en consecuencia, proclamó a Revilla como el Gobernador electo del departamento, sin segunda vuelta y con solo el 20% de los votos.
Mira la resolución: