Laura Maldonado
06/04/2015 - 21:02

El Gobierno se da licencia de contrataciones directas de hasta Bs 50 mil sin que proveedores den factura

La diputada de Unidad Demócrata (UD), Jimena Costa, rechazó la normativa aludiendo que “el Decreto da vía libre para la corrupción”, ya que a su juicio las contrataciones se harán sin licitación requerida.

El Gabinete presidencial aprobó el 18 de marzo una norma que avala las contrataciones directas por montos de Bs 50 mil (Foto: ABI)

La Paz, 6 de abril (Oxígeno).- El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 2294 que autoriza a tres ministerios y a gobiernos municipales con categoría demográfica A y B realizar contrataciones directas hasta Bs 50 mil sin la necesidad que sus proveedores emitan facturas.

La norma fue aprobada el 18 de marzo en gabinete de ministros. El primer Artículo indica que el decreto tiene como principal objetivo “establecer y regular la contratación directa de bienes, obras y/o servicios generales para los Gobiernos Autónomos Municipales de municipios con categoría demográfica A y B, Ministerio de Comunicación, Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a fin de fomentar el desarrollo de la economía social comunitaria”.

Los municipios de categoría A son aquellos cuya población llega hasta los 5 mil habitantes y los de categoría  B son aquellos que cuentan con una población de entre los 5 mil y 15 mil habitantes.

“En el marco del modelo económico social comunitario productivo y con la finalidad de fomentar la economía social comunitaria, se autoriza a los (Gobiernos municipales y los tres Ministerios) realizar la contratación directa de bienes, obras y/o servicios generales hasta Bs 50.000, de aquellos proveedores que realicen las actividades establecidas en el Artículo 8 del Código de Comercio”, establece el Artículo segundo.

En ese marco, en la disposición adicional única de la norma,  menciona que, cuando los proveedores, no se encuentren inscritos en el Régimen General de Tributación y no emitan factura, “las entidades públicas deberán realizar la retención del Impuesto a las Transacciones – IT en el tres por ciento (3%), y del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE en el veinticinco por ciento (25%) del cincuenta por ciento (50%) del importe total pagado, las cuales deberán ser empozadas al fisco en la forma, medios y plazos establecidos para el efecto; su incumplimiento será pasible a las sanciones previstas en el Código Tributario Boliviano”.

La diputada de Unidad Demócrata (UD), Jimena Costa rechazó la normativa aludiendo que “el Decreto da vía libre para la corrupción”, ya que a su juicio las contrataciones se harán sin licitación requerida.

“Se va a habilitar contrataciones directas hasta Bs 50 mil, cuando antes era sólo Bs 20 mil, además no exige el Registro Único de proveedores del Estado, ni tampoco señala sobre presentar información al Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes) y, lo más grave, no exige la presentación de facturas ni de garantías, lo que estamos diciendo que hay vía libre para la corrupción. Esto es un alerta a la Contraloría”, dijo.

Costa, cuestionó, además, la aprobación de otra normativa, el Decreto Supremo 2299, que autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras la contratación directa sin límites de monto para productos como las hortalizas, papa, trigo ganadería  y otros.

“Al plantear contrataciones sin límites de monto y sin respaldos lo que estamos haciendo es generar un nefasto precedente para el manejo de los recursos públicos”, indicó.

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