Bolivia identifica siete perjuicios ocasionados a su comercio por nuevo paro portuario chileno
El Estado Plurinacional de Bolivia insistió en que Chile resarza de manera inmediata de los daños causados.

La Paz, 11 de junio (Oxígeno).- La Cancillería del Estado denunció hoy que el nuevo paro portuario en Iquique, Chile, trae al menos siete perjuicios al comercio exterior boliviano. Mediante un comunicado cuestionó la falta de solución a la paralización la suspensión de actividades de los trabajadores portuarios de la Empresa Portuaria Iquique (EPI).
“Bolivia presenta una vez más su más enérgico reclamo al constatar que a días de la finalización del último paro de aduana de Chile, nuevamente el Gobierno de Chile en evidente incumplimiento de sus compromisos y al derecho internacional estrangula al Comercio Exterior boliviano, al no garantizar el libre tránsito de la carga boliviana que lleva sin poder embarcar o desembarcar en el puerto de Iquique hace ya trece días, manteniendo el puerto bloqueado para el ingreso o salida de camiones bolivianos”, se en parte del comunicado.
En ese sentido, dio a conocer que Bolivia sufre millonarias pérdidas derivadas producto de estos incumplimientos, los costos se mencionan (entre otros) los relacionados con:
- Retorno de unidades vacías al verse las naves obligadas a desembarcar en otros puertos.
- Costos de flete al tener que movilizarse a otros puertos para desembarcar o embarcar carga.
- Multas y recargos por el incumplimiento de contratos de exportación al no poder embarcar la carga de exportación en puerto.
- Multas por incumplimiento en la ejecución de obras de infraestructura y proyectos productivos al no contar con los bienes de capital e insumos que se encuentran en naves que no pueden desembarcar.
- Costos relacionados con la suspensión de actividades industriales a la espera de insumos en naves que no pueden desembarcar.
- Viáticos de transportistas y garaje de camiones que esperan carga para poder retornar a Bolivia.
- Pérdidas por la imposibilidad de firmar nuevos contratos de transporte, al encontrarse las unidades esperando carga en Chile.
- Ante la situación, el Ministerio de Relaciones Exteriores exigió “la inmediata suspensión de las medidas que impiden desembarcar o embarcar carga de ultramar de Bolivia”.
Pidió al Gobierno de Chile garantizar el cumplimiento al Artículo 6 del Tratado de 1904 que indica: “La República de Chile reconoce a favor de Bolivia y a perpetuidad el más amplio y libre tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico”, obligación que ha sido ratificada por Chile en el Artículo 1 de la Convención de Tráfico Comercial de 6 de agosto de 1912 y por la Convención de Libre Tránsito de 16 de agosto de 1937”.
El Estado Plurinacional de Bolivia insistió en que Chile resarza de manera inmediata de los daños causados.
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