Perú
César Sánchez
15/12/2022 - 22:47

La Justicia de Perú decreta 18 meses de prisión preventiva contra Pedro Castillo

El expresidente del Perú fue detenido por ordenar la disolución del Congreso y el reordenamiento de la rama judicial. Está acusado por los delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y perturbación de la tranquilidad pública.

Pedro Castillo fue destituido tras su fracasado intento de cerrar el Congreso.

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de Perú decretó 18 meses de prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo por la comisión de delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y perturbación de la tranquilidad pública.

El juez Juan Carlos Checkley aceptó la solicitud que hizo la Fiscalía y consideró que el expresidente peruano podría fugarse si es liberado, mientras avanza la investigación en su contra. Castillo está acusado de rebelión y conspiración por ordenar la disolución del Congreso y el reordenamiento de la rama judicial. Ahora, tendrá que esperar en la cárcel hasta que termine su proceso.

“Existe un peligro de fuga concreto”, fueron las palabras que leyó el juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, que es una sala de la Corte Suprema de Justicia.

El togado consideró que es posible que el expresidente peruano Pedro Castillo huya del país si es liberado, y por eso ordenó 18 meses de prisión preventiva en su contra.  Por lo que estará en la cárcel hasta el 6 de junio de 2024. El principal argumento que expuso el juez para decir que Castillo sí se puede fugar es que el 7 de diciembre, el entonces presidente fue capturado cuando estaba intentado llegar a la Embajada de México para buscar asilo político. A esto, Checkley lo catalogó como una detención en “flagrancia delictiva”.

El juez tomó en cuenta las declaraciones que afirman que Castillo le ordenó a su conductor que lo llevara a la Embajada mexicana. Además, se apoyó en lo que han dicho públicamente tanto el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador; como su canciller, Marcelo Ebrard. En una de sus cotidianas audiencias matutinas, López Obrador dijo que Castillo “habló a la oficina (de Presidencia) para avisar que iba hacia la Embajada e iba a solicitar asilo”, por lo que el mandatario mexicano le ordenó a su canciller que le “abriera la puerta” a Castillo.

Además, el embajador mexicano en Lima visitó al izquierdista peruano en el centro de reclusión donde está desde el 7 de diciembre. Pablo Monroy fue hasta la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes) de la Policía, como lo dijo el propio canciller mexicano, Marcelo Ebrard.

Ante todas estas pruebas, el juez determinó que “el peligro de fuga (de Castillo) no se ha difuminado, sino que permanece latente en el tiempo”. Así, rechazó los argumentos de la defensa del expresidente, que negó que Castillo buscara asilo mexicano.

Los abogados del antiguo mandatario, Ronald Atencio y Raúl Noblecilla, no asistieron a la audiencia; como tampoco lo hizo el propio Castillo. Ellos afirman que hay irregularidades en todo el proceso y que este se trata realmente de una “vacancia ilegal y exprés”. Ante su ausencia, la Justicia designó a Italo Díaz como el defensor de oficio del expresidente.

La ausencia de los abogados se da a pesar de que fue por ellos que la audiencia se retrasó un día, ya que estaba inicialmente programada para el miércoles, 14 de diciembre. Era en esa fecha que se cumplían los siete días de prisión preventiva que ordenó la Justicia el 7 de diciembre, cuando capturaron a Castillo. Pero la postergaron por un día más luego de que los propios abogados del expresidente pidieran más tiempo para estudiar el caso.

Aun sin ellos presente, los argumentos de base que tuvo en cuenta el juez sí son los que dio la defensa original. Atencio y Noblecilla expresaron en su momento que no había riesgo de que Castillo se fugara porque tiene dos hijos menores de edad por los que debe responder, porque tiene una dirección de domicilio fija en Puña (de donde es oriundo) y porque tiene un trabajo como profesor en la misma localidad.

Pero el juez Checkley los desestimó uno a uno. Primero, dijo que el arraigo domiciliario no era fuerte porque Castillo ya había vivido en el palacio presidencial en Lima, por lo que su dirección original no era argumento suficiente. Frente a su trabajo como docente, dijo que había un “arraigo disminuido” porque ya no trabajaba como tal. Y el único que sí le aceptó fue el de los hijos.

Con este panorama, el magistrado de la Corte Suprema ordenó 18 meses de prisión preventiva en contra de Castillo. El defensor de oficio de Castillo afirmó que apelarán la decisión.

Todo esto no significa que haya sido declarado culpable de los delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública que le imputó la Fiscalía; sino que es una medida para asegurar que sí esté en medio del proceso judicial. Ahora, lo que sigue es la investigación para luego ir a juicio y que sea la Justicia la que determine si el expresidente debe pagar cárcel o no.

Si lo declaran culpable, podría pagar de cuatro a 10 años de prisión. A Castillo lo acusan de modificar de manera ilegítima el régimen constitucional o, en otras palabras, de asestar un autogolpe de Estado. Esto porque en su alocución del 7 de diciembre declaró un “gobierno de emergencia excepcional”, después de ordenar la disolución del Congreso y “reorganizar” el sistema de justicia.

// Agencias

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