Senado aprueba Ley que impide que un Ministro censurado por la ALP sea posesionado nuevamente
Los ministros censurados por la ALP no podrán volver a ser posesionados en un lapso de 3 años. La norma fue remitida a la Cámara de Diputados para su tratamiento.

La Ministra o Ministro que sea censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), conforme a la Constitución Política del Estado, deberá ser destituido por el Presidente del Estado en un plazo de 24 horas y no podrá volver a ser posesionado en los tres (3) años posteriores a su censura, señala el proyecto de ley aprobado este martes por el pleno del Senado.
La norma tiene como objeto regular los efectos de la censura realizada por la ALP. Asimismo, “su fin es resguardar la gestión transparente, eficiente y efectiva del Ejecutivo, para beneficiar a la población, precautelando el cumplimiento de las decisiones asumidas por la ALP”, señala el texto.
En su Artículo 3 el proyecto de ley señala que la Presidenta o Presidente del Estado cuenta con un máximo de 24 horas, tras haber conocido de manera formal sobre la censura, para destituir al ministro o ministra, no pudiendo posesionarlo nuevamente hasta los tres (3) años posteriores a su destitución.
Tras su aprobación, el proyecto de Ley fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión.
La aprobación de la Ley llega a raíz de que, a principios de año, la ALP censuró al ministro de Defensa Fernando López, por no asistir en reiteradas ocasiones a su interpelación.
Tras su censura, Añez lo destituyó del cargo de Ministro de Defensa, pero lo volvió a posesionar en el mismo puesto 24 horas después.