Octubre negro: Goni presenta recurso de apelación en EEUU y espera ser exonerado
El caso corresponde a la demanda instaurada por ocho familias de las víctimas de ‘octubre negro’ en contra de Gonzalo Sánchez de Lozada y el su exministro Carlos Sánchez Berzain por los delitos de ejecuciones extrajudiciales y homicidio culposo, tras la violenta intervención militar ocurrida en octubre de 2003 que terminó con la vida de decenas de personas en la ciudad de El Alto.

La defensa del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada presentó un recurso ante la Corte del 11vo Distrito de Apelaciones de Florida en Estados Unidos, en el marco del proceso en que se lo acusa por las muertes registradas los conflictos de octubre de 2003.
Según información de Erbol, la defensa de Sánchez de Lozada alega que la acusación en su contra no tiene sustento y no existe base para responsabilizar al expresidente por las muertes.
El texto atribuye las “trágicas perdidas de vida que ocurrieron en 2003” a “violentos bloqueos instigados por Evo Morales y Felipe Quispe para derrocar un gobierno democráticamente electo y que fue impulsor de reformas sociales como el Bonosol, la Participación Popular, y el Seguro Materno Infantil que hoy en día siguen vigentes”, siempre según información del mencionado medio.
Sánchez de Lozada y el su exministro Carlos Sánchez Berzain fueron demandados por ocho familias de las víctimas de ‘octubre negro’ por los delitos de ejecuciones extrajudiciales y homicidio culposo, tras la violenta intervención militar ocurrida en octubre de 2003 que terminó con la vida de decenas de personas en la ciudad de El Alto.
Ambas exautoridades fueron llevadas ante la Corte Federal del Estado de Florida y, en primera instancia, fueron hallados culpables por el jurado, por lo que debían pagar una indemnización de 10 millones de dólares a favor de las familias. Sin embargo, la decisión fue revertida por el juez James Cohn de la Corte de Distrito de Florida, quien aplicó la "Regla 50" y sentenció que no hubo suficientes evidencias para solventar las acusaciones de actos deliberados e intencionales en la muerte de bolivianos en octubre del 2003.
La "Regla 50" establece que un tribunal de primera instancia puede anular la decisión de un jurado si considera que no tuvo una base probatoria legalmente suficiente para decidir la responsabilidad de los demandados, esto fue lo que pasó hoy.
Empero, el caso siguió y en agosto de 2020 la Corte de apelaciones de Estados Unidos decidió anular la sentencia a favor de Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín y determinó que los demandantes –los familiares de las víctimas de ‘octubre negro’- tienen derecho a iniciar un nuevo juicio a las exautoridades bolivianas por reclamos relacionados con el delito de “homicidio culposo”, debido a que “el tribunal de distrito había abusado de su discreción al admitir ciertas pruebas que eran favorables para los acusados”.
La Corte de Apelaciones de EEUU, asimismo, señaló que la decisión de Cohn se constituye en un acto “inusual” y por eso dispuso anular dicha sentencia, además de remitir el caso a la corte de distrito para que esa instancia defina si “el veredicto del jurado debe restablecerse bajo el estándar apropiado” y “celebrar un nuevo juicio sobre las demandas por homicidio culposo relacionadas con los demandantes”.
“La corte de apelaciones sostuvo que los demandantes proporcionaron evidencia suficiente de que los soldados dispararon deliberadamente disparos mortales con una conciencia moderada de que herirían mortalmente a civiles que no presentaban ningún riesgo de peligro. Ninguno de los fallecidos estaba armado, ni había evidencia de que representaran una amenaza para los soldados. Muchos fueron fusilados mientras estaban dentro de una casa o en un edificio. Otros fueron fusilados mientras se escondían o huían”, informó al respecto la Universidad de Harvard el 2020.