Diputados no aprueba la dispensación de trámite y ley de las subnacionales pasa a Comisión de Constitución
La Ley ya fue aprobada por el Senado el pasado 13 de noviembre, y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) urgió la inmediata sanción de la ley, poniendo como plazo límite el 19 de noviembre, para emitir la convocatoria y realizar las elecciones subnacionales hasta el 22 de marzo.

A pesar de un prolongado debate, en Diputados no lograron tratar con dispensación de trámite la ley de las elecciones subnacionales 2026 y la remitieron a la Comisión de Constitución, para su tratamiento en un procedimiento regular.
La resolución de tratamiento con dispensación de trámite lo propuso el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y Alianza Unidad, para se acelere el tratamiento de esta ley que ya fue aprobada en el Senado.
Empero, la bancada de la Alianza Libre rechazó la dispensación de trámite argumentando que la ley debe tratarse en una comisión.
En consecuencia, de los 115 diputados presentes en la sesión, 74 aprobaron la propuesta y 41 la rechazaron. No hubo los dos tercios de voto (77) exigidos para este trámite.
En ese escenario, el presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Castro, ordenó la remisión de la norma a la Comisión de Constitución y declaró en cuarto intermedio la sesión hasta el mediodía de este miércoles, esperando que la Comisión acelere el tratamiento de la norma.
En paralelo, el presidente de la Comisión de Constitución, Juan del Granado (Unidad), convocó a sesión de esta instancia para las 09:00 de este miércoles con el fin de realizar el tratamiento del proyecto de ley.
La Ley ya fue aprobada por el Senado el pasado 13 de noviembre, y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) urgió la inmediata sanción de la ley, poniendo como plazo límite el 19 de noviembre, para emitir la convocatoria y realizar las elecciones subnacionales hasta el 22 de marzo.
Compuesta por cinco artículos y tres disposiciones finales, la norma regulará las elecciones subnacionales de marzo de 2026 en los departamentos que carecen de estatutos, en municipios que no tienen cartas orgánicas y en las autonomías indígenas que no poseen estatutos.
La propuesta aprobada por el Senado dispone, además, no aplicar el parágrafo II del artículo 51 que establece que “en cualquier otro proceso electoral en el que participen organizaciones políticas, las alianzas deberán registrarse al menos sesenta (60) días antes de la emisión de la convocatoria”.
Precisamente, la disposición final primera establece que, “para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026), de forma excepcional no se aplicarán los plazos establecidos en el artículo 51.II de la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, debiendo el Tribunal Supremo Electoral incorporar en el calendario electoral, los plazos límite para el registro de alianzas políticas”.
