Decreto
César Sánchez
14/01/2026 - 09:20

El Gobierno declara emergencia energética y social por la inflación, escasez de dólares y combustibles

El Decreto tiene por objeto “establecer y adoptar medidas excepcionales destinadas a garantizar el abastecimiento de combustibles y energía; reactivar la producción, con la finalidad de devolver la calidad de vida a las y los bolivianos y garantizar la reconstrucción integral de la economía boliviana.

El presidente Rodrigo Paz junto a su gabinete ministerial.

El Gobierno del presidente Rodrigo paz aprobó el Decreto 5517 que declara emergencia energética y social en todo el territorio nacional, “ante el proceso inflacionario que vive el país y la escasez de dólares y combustibles”.

“Se declara la Emergencia Energética y Social en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, ante el proceso inflacionario que vive el país, y la escasez de dólares y combustibles”, señala el segundo artículo del Decreto puesto en vigencia en las últimas horas.

Asimismo, se especifica que el Decreto tiene por objeto “establecer y adoptar medidas excepcionales destinadas a garantizar el abastecimiento de combustibles y energía; reactivar la producción, con la finalidad de devolver la calidad de vida a las y los bolivianos y garantizar la reconstrucción integral de la economía boliviana.

La norma, en ese sentido, dispone la autorización de importación, venta y comercialización de combustibles por parte de cualquier persona natural o jurídica privada, siempre y cuando cuente con capacidad de almacenaje propia o alquilada.

Asimismo, facilita la importación de diésel suspendiendo de manera temporal su anotación en Lista de Sustancias Controladas y la exigencia del requisito de Autorización Previa ante la Dirección General de Sustancias Controladas. Además, se suspende el arancel aduanero para el diésel.

Finalmente, señala que la Aduana Nacional, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y las instituciones competentes deberán ajustar sus procedimientos internos en un plazo máximo de hasta cinco días hábiles y “en el marco de libre acceso no discriminatorio a toda la infraestructura de hidrocarburos será reglamentada mediante Resolución Ministerial por parte del Ministerio de Hidrocarburos y Energías en un plazo de hasta quince días hábiles”.

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