Promulgación
César Sánchez
12/04/2019 - 13:08

Morales promulga la Ley de Abreviación Procesal que reduce plazos y trámites de adopción

Según datos del Ministerio de Justicia, 8.369 niños, niñas y adolescentes viven en centros de acogida de todo el país, de ellos 4.328 son mujeres y 4.041 varones.

Evo Morales promulgó la Ley en Tarija. Foto: ABI

El presidente Evo Morales promulgó hoy la Ley de Abreviación Procesal para Garantizar la Restitución del Derecho Humano a la Familia de las Niñas, Niños y Adolescentes, que reduce los plazos para tramitar adopciones. Según las disposiciones finales de la ley, entrará en vigencia a partir del 5 de agosto del 2019.

“En el Día del Niño, promulgamos la Ley de Abreviación Procesal para reducir los plazos y trámites de adopción nacional e internacional, y garantizar a las niñas, niños y adolescentes la restitución de su derecho a tener una familia”, expresó el Jefe de Estado en su cuenta de Twitter.

El ministro de Justicia, Héctor Arce, explicó que esta norma fue elaborada en el marco de la Constitución Política del Estado, en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas de 1989, en el convenio de La Haya sobre adopciones y en el Código del Niño, Niña y Adolecente.

“La Ley mejora los procedimientos de acogimiento circunstancial, es decir, cuando un niño se extravía, se pierde, el trámite que duraba meses, ahora no tarda más de 72 horas para que ese niño vuelva rápido a su hogar, o para que rápidamente pueda ser asignado a una familia, a un hogar”, indicó durante el acto de inauguración de la unidad educativa San Antonio por parte del presidente Morales en la ciudad de Tarija.

La Ley modifica 23 artículos del Código Niña. Niño Adolescente, tiene dos artículos, dos disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, dos disposiciones finales y dos abrogatorias y derogatorias; para acortar al máximo los tiempos de adopción. Arce explicó que se reduce el tiempo para asignarles nombres a los niños abandonados y así puedan ingresar rápidamente en las listas de adopción.

En el caso de acogimiento circunstancial la Ley amplía los plazos para que los familiares del niño, niña o adolescente en situaciones de urgencia, extravío y abandono puedan de manera inmediata reintegrarse a su familia evitando la judicialización, para ese fin, los casos se podrán resolver en las defensorías de la niñez y adolescencia.

La filiación judicial tiene por objeto determinar la identidad del niño niña y adolescente en estado de abandono total. El actual Código no establece plazos de este proceso; el proyecto ahora establece un plazo total de 16 días desde la demanda hasta la sentencia que dispone la afiliación.

En el caso de extinción de autoridad materna o paterna, la Ley modifica las causales, realizando una subdivisión con el fin de que la autoridad judicial sin necesidad de convocar a audiencia pueda realizar la extinción de la autoridad de los padres.

La Ley crea el Registro Único de Adopción Nacional e Internacional RUANI, el cual contendrá una base de datos única de niños, niñas y adolescentes que cuenten con sentencia ejecutoriada de filiación o extinción, el registro estará a cargo del Tribunal Supremo de Justicia en coordinación con la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC.

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