Incremento salarial
César Sánchez
28/05/2019 - 19:54

El Ministerio de Trabajo reitera que el 31 de mayo fenece el plazo para el pago del retroactivo

El incremento salarial para esta gestión fue de 4% al haber básico.

El viceministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, en conferencia de prensa.

El viceministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, reiteró el martes que el retroactivo del incremento salarial de 4%, establecido para este año debe pagarse hasta el 31 de mayo, tanto en el sector público como en el privado, en apego al reglamento del Decreto Supremo 3888, del 1 de mayo de 2019.

"El retroactivo es de manera obligatoria, está vigente el decreto supremo, como la reglamentación, de tal modo que tanto las empresas estatales, públicas y el sector privado deben cumplir el pago del retroactivo hasta el 31 de mayo", dijo en conferencia de prensa.

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo emitió la resolución ministerial 425/19, para el sector privado, que establece que la presentación de los convenios colectivos entre las empresas y los trabajadores deberá presentarse hasta el 28 de junio y para el sector minero hasta el 31 de julio.

Además, recordó que no existe obligación para que los gerentes de las empresas privadas reciban el aumento salarial al recordar que el presidente, el vicepresidente y los ministros no recibirán ese incremento.

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