Economía
César Sánchez
29/11/2019 - 18:33

El Ministerio de Trabajo instruye pagar el aguinaldo hasta el 20 de diciembre

El instructivo gubernamental fue emitido durante la tarde de este viernes.

El Ministerio de Trabajo comunicó hoy que las empresas públicas y privadas deben pagar el aguinaldo hasta el 20 de diciembre “impostergablemente”.

El instructivo, dado a conocer la tarde de este viernes, fue aprobado por la directora general de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, Jenny Ibáñez Sierra y la directora general del Servicio Civil, Shirley Jazmi Pérez.

En ese sentido, el comunicado del Ministerio de Trabajo señala que “toda institución, empresa pública, privada, comercial, industrial, de servicios y de cualquier otra actividad o negocio, con o sin fines de lucro, cuyos trabajadores se encuentren bajo el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, deberán pagar a sus trabajadoras y trabajadores el Aguinaldo de Navidad”.

“Son beneficiarios del Aguinaldo de Navidad todos aquellos trabajadores y trabajadoras que prestan servicios por cuenta ajena, bajo condiciones de subordinación y dependencia, que perciben remuneración. Los trabajadores que cumplieron un mínimo de tres meses de actividad laboral de forma ininterrumpida y los obreros que trabajaron un mes calendario en la gestión 2019, bajo cualquier modalidad de contrato, tienen derecho a percibir el Aguinaldo de Navidad”, agrega el documento.

En ese sentido, para el cálculo de dicho beneficio se tomará en cuenta el promedio del total ganado en los últimos tres meses anteriores al pago, o en algunos casos se considerará  los tres meses anteriores a la extinción de la relación laboral. Para el pago a los obreros que hubieran trabajado un mes calendario en esta gestión, se tomará en cuenta  la remuneración que corresponde a dicho mes.

En las entidades y empresas públicas, el pago del Aguinaldo de Navidad se basará en las normas y disposiciones vigentes y para este particular, será el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la instancia que emitirá el instructivo específico.

Asimismo, señala que las empresas que no cumplan con la medida, estarán sujetas a sanciones tales como el pago doble del beneficio, además de elevarse la multa por infracción a Ley Social, “en los casos que correspondan”.

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