Coronavirus
César Sánchez
06/05/2020 - 20:38

Diputados aprueba elevar a rango de Ley el Decreto Supremo que eleva salarios del personal de salud

La Ley autoriza pagar dos salarios o elevar los mismos de forma temporal y excepcionalmente en la prestación de servicios del personal en salud, mientras dure la emergencia sanitaria por el Coronavirus.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que eleva a rango de ley el Decreto Supremo 4204 de 1 de abril de 2020, que autoriza pagar dos salarios o elevar los mismos de forma temporal y excepcionalmente en la prestación de servicios del personal en salud, mientras dure la emergencia sanitaria por el Coronavirus.

“Esto va dirigido a los trabajadores en salud que estén en contacto o trabajen con enfermos de Coronavirus. Con la aprobación, muy a pesar de las críticas que hubo en el debate, estamos demostrando a nuestro país que la bancada del MAS no está en acción política, sino que nuestro objetivo es ayudar en todas las tareas que signifiquen mejorar la situación de salud de la población con relación al Coronavirus”, dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Choque.

La propuesta de elevar a rango de ley el Decreto 4204 se basa en que durante la emergencia sanitaria que vive Bolivia se hace necesario contar con una norma que permita regular temporal y excepcionalmente el régimen salarial y de remuneración máxima en la prestación de servicios del personal profesional en salud.

En la sesión estuvo presente el ministro de Salud, Marcelo Navajas, para explicar y argumentar  la necesidad de elevar el Decreto Supremo a rango de ley.

Durante su intervención ante el pleno, el Ministro reconoció que existen deficiencias en la implementación de medidas de bioseguridad y que el país ingresó a la cadena de compras de manera desfasada al mercado internacional.

Los profesionales en salud realizan un mayor esfuerzo para atender a la población afectada por el Coronavirus, extendiendo a la vez sus jornadas laborales y realizando dobles turnos, trabajando en otros establecimientos de salud donde se los requiera y sea necesario.

El Decreto Supremo 4204 establece que durante el periodo de emergencia sanitaria nacional, que implica la implementación de las acciones y medidas de vigilancia epidemiológica, prevención, contención, diagnóstico, atención y tratamiento del Covid-19, los profesionales y trabajadores en salud podrán desempeñar funciones más allá de las cargas horarias establecidas en diferentes establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud.

De acuerdo al Artículo 17 de la Ley del Presupuesto General del Estado, la remuneración máxima en el sector público no podrá ser igual ni superior a la establecida para el Presidente del Estado Plurinacional, pero se hará una excepción en la etapa que dure la emergencia sanitaria por el Covid-19.

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