Cuarentena
César Sánchez
29/05/2020 - 09:55

Telecomunicaciones: Personas que no tuvieron ingresos en la cuarentena recibirán un servicio mínimo gratuito

Se establece un plazo de seis meses para el diferimiento de cuotas de pago por el consumo ya adeudado; sin embargo, las personas que tuvieron ingresos en la cuarentena deberán emepezar a pagar por los servicios.

El ministro de Desarrollo Productivo, Óscar Ortiz, explicó que los ciudadanos que no pudieran pagar sus deudas a empresas de telecomunicaciones, porque no tuvieron ingresos durante el período de cuarentena, recibirán un servicio mínimo y gratuito de la compañía hasta que puedan reponer sus pagos.

“Las personas que no recibieron ingresos durante el período de confinamiento tendrán un servicio gratuito mínimo mientras dure el resto de la cuarentena dinámica”, aseveró hoy en conferencia de prensa desde La Casa Grande del Pueblo.

La autoridad aclaró que las empresas de telecomunicaciones no podrán cortar el servicio —telefonía, cable o internet— a estos ciudadanos y además dijo que se establece un plazo de seis meses para el diferimiento de cuotas de pago por el consumo ya adeudado.

El plazo de medio año para cancelar la deuda también beneficia a los ciudadanos que percibieron salarios u otra forma de ingresos, aunque para estos no aplica el servicio gratuito temporal.

Por otra parte, Ortiz señaló que los pequeños y medianos contribuyentes podrán pagar hasta el 31 de julio el 50% del Impuesto a las Utilidades Empresariales (IUE), y hasta octubre el otro 50%.

En el caso del pago de las AFP, el ministro dijo que también se establece un plazo hasta fines de julio para las personas que no reciben ingresos fijos y que además se evalúa la posibilidad de crear “un plan de pagos para las cuotas diferidas”.

Mientras que los asalariados deberán cumplir con sus aportes regularmente.

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