Masacres 2019
César Sánchez
24/01/2023 - 11:52

La justicia definirá esta tarde si Añez es juzgada por la vía ordinaria por las masacres del 2019

La pasada semana, el ministro de Justicia, Iván Lima, informó que fue su cartera de Estado la que presentó una acción inhibitoria para que el juez defina la situación del proceso y decida si Jeanine Añez puede ser juzgada por la vía ordinaria o por juicios de responsabilidades por las masacres del 2019. 

Jeanine Añez ya cumple una sentencia de 10 años por el caso 'Golpe de Estado II'.

El juez primero de instrucción cautelar de El Alto definirá este martes si Jeanine Añez es juzgada, o no, mediante la vía ordinaria dentro del caso por la masacre de Senkata y Sacaba, ocurridas durante su Gobierno en noviembre del 2019.

La pasada semana, el ministro de Justicia, Iván Lima, informó que fue su cartera de Estado la que presentó una acción inhibitoria para que el juez defina la situación del proceso y decida si Jeanine Añez puede ser juzgada por la vía ordinaria o por juicios de responsabilidades por las masacres del 2019. Afirmó que la respuesta del juez alteño fue informar que la audiencia será el 24 de enero.

“Nosotros como abogados de las víctimas hemos pedido al Juez primero de instrucción cautelar de El Alto que defina la situación, si es en un juicio ordinario o de responsabilidades donde tiene que llevarse este proceso judicial”, afirmó el Ministro.

Lima, en ese sentido, fue enfático en explicar se presentó una acción inhibitoria a la justicia para definir si Añez debe ser juzgada por la vía ordinaria o por el juicio de responsabilidades en el caso de las masacres de Sacaba y Senkata y recordó que en otro caso, denominado ‘EBA’, la justicia ya definió que la expresidenta sea juzgada por la vía ordinaria.

“Nosotros reiteremos nuestro pedido y entendimiento de que debe  resolverse este tema de la competencia del enjuiciamiento a Añez en los tribunales, en un debido proceso”, dijo.

Minutos después, a través de su cuenta de Twitter, el Ministro de Justicia especificó que el Juez Cautelar de El Alto admitió el inicio de investigación contra Jeanine Añez por las masacres del 2019. "Se presentó una inhibitoria para descartar los reclamos de Senadores y Diputados que reclaman competencia para juzgarla", afirmó.

A inicio de mes, el Ministerio Publicó determinó la ampliación del proceso penal contra Áñez por los delitos de genocidio, homicidio y lesiones graves vinculados a la masacre de Senkata, El Alto, que dejó a 10 personas fallecidas por impactos de bala el 19 de noviembre de 2019.

Las muertes ocurrieron en el marco del desarrollo de una operación militar y policial autorizada por la presidenta Añez y su primer gabinete.

Áñez y sus ministros firmaron el Decreto Supremo 4078, que eximió de eventuales juicios penales las acciones de los militares, que luego de los operativos y sucesivas masacres en los departamentos de La Paz y Cochabamba fue abrogado.

La comisión de fiscales que pidió la ampliación del proceso estableció que el 19 de noviembre de 2019 fuerzas de seguridad del Estado ejecutaron el Plan Sebastián Pagador, que consistía en tomar control de la planta estatal de engarrafado de gas licuado y almacenamiento de carburantes ubicada en el barrio de Senkata.

Las fuerzas de seguridad del Estado, que habían desplegado vehículos de combate, despacharon sin oposición ciudadana cisternas con combustible que llegaron “a su destino final sin novedad”.

“Sin embargo, posterior a la salida del convoy de cisternas, grupos de personas provistas de palos, piedras y petardos agudizaron sus protestas en inmediaciones de la planta, hecho que generó, entre otros, la caída de muros perimetrales colindantes con la carretera La Paz-Oruro”, señala el informe oficial.

A raíz de esos hechos, agrega el Ministerio Público, se generó la violenta represión de las fuerzas combinadas contra la población civil desarmada.

“Se registró un saldo de 31 personas heridas cuyas lesiones son compatibles por proyectil de arma de fuego y lesiones por elemento confuso perforante, así como 10 personas fallecidas, a causa de impacto por proyectil de arma de fuego”, señala la Fiscalía.

Los peritos forenses establecieron que dos personas fallecieron por arma calibre 9 mm, un fallecido por calibre 5,56 y dos por calibre 22. “Los restantes cadáveres presentaban orificios de entrada y de salida”.

Las muertes ocurrieron, según la comisión de fiscales, “en absoluta violación y desprecio a los estándares internacionales sobre derechos humanos, emitir el inconstitucional e ilegal Decreto Supremo 4078, del 14 de noviembre de 2019, justificando con ello una presunta inestabilidad pública y eximiendo de responsabilidad penal al personal militar”.

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