Expresidente del TCP dice no arrepentirse de haber declarado la reelección como un “derecho humano”
Zenón Bacarreza afirmó que correspondía al actual TCP “saliente” revisar la sentencia sobre la reelección y, si lo veía conveniente, "modularla".

El expresidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Zenón Bacarreza, afirmó este jueves que no se arrepiente de haber fallado, junto a su sala plena, que la reelección presidencial indefinida es un “derecho humano”.
Afirmó que cuando se les planteó el tratamiento del tema, lo que hizo el TCP fue interpretar el artículo 23 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y basarse en un control de convencionalidad.
Además, afirmó que en esa ocasión no había la opinión consultiva de la Corte- IDH, que señaló que la reelección no es un derecho humano.
Bacarreza, en ese sentido, afirmó que correspondía al actual TCP “saliente” revisar la sentencia sobre la reelección y, si lo veía conveniente, "modularla".
“El actual tribunal, el saliente, que ya culmino su función, tenía la función de verificar, modular si estaba acorde a la Constitución. Ninguna sentencia se anula sino se modula”, afirmó.
El 2017, el TCP emitió la sentencia constitucional 084/2017, firmada por Macario Lahor Cortez, Oswaldo Valencia, Zenón Bacarreza, Mirtha Camacho, Ruddy Flores y Neldy Andrade, que declaraba a la reelección presidencial como un derecho humano.
Esa sentencia fue utilizada por Evo Morales para repostularse a la presidencia el 2019, a pesar de que la Constitución y un referéndum rechazó tal posibilidad.
N obstante, el 7 de junio de 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Opinión Consultiva en la que concluyó que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo “pues no cuenta con reconocimiento normativo en la Convención ni en la Declaración Americana, y de forma general, en el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos, en otros tratados internacionales, en la costumbre regional, ni en los principios generales de derecho”.
La Opinión Consultiva de la Corte IDH ya tuvo efectos jurídicos en Bolivia ya que el actual TCP, en diciembre pasado, señaló que la reelección indefinida no es un derecho humano .
Con la decisión del TCP ningún boliviano podría ocupar el cargo de Presidente o Vicepresidente por más de dos periodos, sean continuos o discontinuos, lo que inhabilitaría a Evo Morales de participar en los comicios del 2025.
El mismo razonamiento se aplica para los senadores y diputados. En cambio, las autoridades judiciales pueden ejercer dos mandatos continuos o discontinuos, pero nunca en el mismo tribunal.