Comisiones legislativas
César Sánchez
05/04/2024 - 10:07

Elecciones Judiciales: Comisiones revocaron la inhabilitación de 27 postulantes a candidatos

Según el cronograma, el domingo 7 de abril se debe publicar la lista de los postulantes habilitados para la evaluación de méritos, que consta de dos etapas: evaluación de experiencia profesional, formación académica y producción intelectual (100 puntos) y examen de preguntas escritas y respuestas orales (100 puntos).

La Comisión Mixta de Justicia Plural resuelve los recursos de revisión.

Las comisiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) revocaron la inhabilitación de 27 postulantes a candidatos a las elecciones judiciales.

La Comisión Mixta de Justicia Plural revocó la inhabilitación de cuatro postulantes y confirmó 37 inhabilitaciones al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

En tanto, en las postulaciones para el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se revocó la inhabilitación de ocho personas y ratificó 39 inhabilitaciones, reportó Erbol.

Por su lado la Comisión Mixta de Constitución decidió habilitar 10 postulaciones observadas y confirmó la inhabilitación de 43 aspirantes al Consejo de la Magistratura (CM).

Mientras que para el Tribunal Agroambiental (TA) revocó la inhabilitación de cinco aspirantes y confirmó 22 inhabilitaciones.

Según el cronograma, el domingo 7 de abril se debe publicar la lista de los postulantes habilitados para la evaluación de méritos, que consta de dos etapas: evaluación de experiencia profesional, formación académica y producción intelectual (100 puntos) y examen de preguntas escritas y respuestas orales (100 puntos).

Este proceso de evaluación de méritos se realizará del 8 al 21 de abril.

Para pasar a la etapa preselección a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional, las y los postulantes al TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y al Consejo de la Magistratura deben obtener en la evaluación una nota igual o mayor a 130 puntos.

“Excepcionalmente, a falta de un representante indígena originario campesino o en caso de que no se llegue a la equidad de género, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación que sea indígena originario campesino o mujer, según corresponda, del número total de postulantes a nivel nacional”, apunta el artículo 37 de la Ley 1549 Transitoria para las elecciones judiciales.

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