Magistrados prorrogados reiteran que seguirán en el cargo hasta que haya nuevas elecciones judiciales
Por un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional, en las elecciones judiciales del 2024 quedaron pendientes la de elección los dos magistrados por el TSJ en Pando y Beni y los cinco magistrados del TCP por los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.

Los magistrados prorrogados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) reiteraron este jueves que seguirán en sus cargos hasta que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) no convoque a nuevas elecciones judiciales y sus reemplazantes sean elegidos por el voto popular.
“La prórroga del mandato es excepcional entretanto seamos sustituidos por los mecanismos que reconocen la Constitución Política del Estado y las leyes que rigen los procesos electorales para autoridades judiciales”, afirmó el magistrado decano del TCP, Yván Espada.
En conferencia de prensa, Espada recordó que es la ALP la encargada de aprobar y lanzar la convocatoria para klas elecciones judiciales y aseveró que los magistrados prorrogados “estamos prestos a esa convocatoria, que no sabemos en qué momento se realizará”.
En ese sentido, recalcó que solo dejarán el cargo cuando sus reemplazos sean elegidos a través de unas elecciones judiciales.
“Eso dice nuestra declaración constitucional, las resoluciones del TCP por mandato de la Constitución son irrevisables y nosotros como magistrados tenemos que atenernos al cumplimiento de ese mandato”, acotó.
En diciembre de 2024 se dio a conocer el Auto Constitucional Plurinacional 0113/2024-O del 11 de diciembre de 2024 firmado por los magistrados Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano (presidente), Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, Isidora Jiménez Castro, René Iván Espada Navía y Brigida Celia Vargas Barañado que “dimensiona” los efectos de la Declaración Constitucional 0049/2023 que dispuso la prórroga de mandato de las autoridades judiciales que debían dejar sus cargos en enero de 2024.
“Se dimensionan los efectos de la DCP 0049/2023 de 11 de diciembre debiendo entender que la prórroga de mandato de las autoridades en actual ejercicio en el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional debe continuar hasta que se preseleccione, elija y posesione a las nuevas autoridades judiciales y constitucionales, en aquello departamentos en los que las convocatorias fueron declaradas desiertas”, refiere el punto 1 del Por Tanto del Auto Constitucional.
A través de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0770/2024-S4 de 4 de noviembre de 2024, la Sala Cuarta Especializada del TCP, cuyo magistrado relator era Espada Navía, se declaró “desierta la convocatoria a Magistradas y Magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de Beni y Pando; y para los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija en el caso del Tribunal Constitucional Plurinacional”.
Por esta determinación, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) organizó las elecciones judiciales de forma parcial, como no ocurrió en las dos anteriores justas. Así, el 15 de diciembre se eligieron a 19 de las 26 autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional.
Quedaron pendientes de elección los dos magistrados por el TSJ en Pando y Beni y los cinco magistrados del TCP por los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.
El Auto Constitucional Plurinacional 0113/2024-O señala que “en dichos departamentos deberán continuar ejerciendo su mandato las magistradas y los magistrados en actual ejercicio hasta su remplazo en la forma dispuesta por la DCP 0049/2023”.
En consecuencia, continuan en sus cargos los magistrados del TSJ Carlos Alberto Egüez Añez, de Beni, y Ricardo Torres Echalar de Pando; además de los magistrados del TCP Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano (Beni); René Yvan Espada Navía (Pando); Karem Lorena Gallardo Sejas (Cochabamba); Isidora Jiménez Castro (Santa Cruz) y Julia Elizabeth Cornejo Gallardo (Tarija).
En el mismo Auto Constitucional Plurinacional 0113/2024-O, el TCP “exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional a dar cumplimiento al dispositivo Quinto de la DCP 0049/2023, en el que se determinó que dicho Órgano del Estado cumpla con sus funciones y atribuciones constitucionales, en cuando a la preselección de las y los candidatos de manera inmediata por el carácter excepcional y temporal establecido en la determinación Cuarta del mencionado fallo constitucional”.