Segunda vuelta
César Sánchez
10/10/2025 - 12:47

Conoce las restricciones impuestas por el TSE para la segunda vuelta del 19 de octubre

Las prohibiciones están respaldadas por la Ley del Órgano Electoral (Ley 018) y la Ley del Régimen Electoral, que facultan al Órgano Electoral asumir el control de la fuerza pública para garantizar el normal desarrollo de los comicios.

La segunda vuelta será el 19 de octubre.

A través de la Resolución TSE-RSP-ADM N° 422/2025, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer las seis prohibiciones vigentes para la “inédita” segunda vuelta del 19 de octubre, las cuales deberán aplicarse el día de la votación, así como en las jornadas previas y posteriores.

“Entre las restricciones establecidas en la normativa electoral está la prohibición de la realización de propaganda electoral, el consumo de bebidas alcohólicas, la portación de armas, la realización de reuniones o espectáculos públicos, así como el traslado de electores. Además, durante la jornada de votación regirá la restricción vehicular”, aseguró la vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, Ximena Camacho, en contacto con la prensa.

Las prohibiciones están respaldadas por la Ley del Órgano Electoral (Ley 018) y la Ley del Régimen Electoral, que facultan al Órgano Electoral asumir el control de la fuerza pública para garantizar el normal desarrollo de los comicios.

Las Seis Prohibiciones del TSE

  1. Prohibición de propaganda electoral: Desde las 00:00 del jueves 16 de octubre hasta las 18:00 del domingo 19 queda prohibida toda manifestación de apoyo o rechazo a las candidaturas.
  2. Restricción de consumo de bebidas alcohólicas: Desde las 00:00 del viernes 17 hasta las 12:00 del lunes 20 de octubre no se podrá vender ni consumir bebidas alcohólicas en domicilios, tiendas, restaurantes, hoteles, cantinas u otros establecimientos públicos o privados.
  3. Prohibición de portar armas: Durante toda la jornada electoral del domingo 19 de octubre queda prohibido portar armas de fuego, armas blancas o cualquier objeto que represente un peligro para la seguridad ciudadana. Esta disposición no incluye a las Fuerzas Armadas ni a la Policía, que estarán a cargo del resguardo del orden.
  4. Suspensión de reuniones y espectáculos: Desde las 00:00 hasta las 24:00 del día de las elecciones no se podrán realizar actos públicos, reuniones o espectáculos de ninguna índole.
  5. Prohibición de traslado de electores: Durante el día de la elección queda prohibido trasladar votantes de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte. Cualquier caso detectado será remitido al Ministerio Público, en aplicación del artículo 238, inciso i) de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).
  6. Restricción vehicular: Se restringe la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de transporte público, durante toda la jornada electoral. Solo podrán transitar aquellos que cuenten con autorización expresa del Órgano Electoral. Están exentos los vehículos de las fuerzas del orden involucrados en tareas de seguridad y custodia electoral, además de ambulancias, vehículos de emergencia y de la prensa.

Asimismo, Camacho exhortó a la ciudadanía a cumplir las disposiciones y a participar de manera responsable en esta inédita segunda vuelta, contribuyendo así al fortalecimiento de la democracia en el país.

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