Rechazo
César Sánchez
24/10/2025 - 15:03

Choferes rechazan Ley para importación privada de combustibles y ven que es un “ensayo de gasolinazo”

La Cámara de Diputados sancionó la “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia”, que autoriza de manera temporal la importación privada de combustibles con el fin de asegurar el suministro en el país.

El ejecutivo de la Confederación de Choferes, Luis Gómez.

El ejecutivo de la Confederación de Choferes, Luis Gómez, rechazó la recientemente sancionada “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia” y señaló que se trata de un “ensayo de gasolinazo”.

Quispe, en ese sentido, advirtió que el precio de mercado no debe tocar al servicio público, sino circunscribirse a las empresas que requieran de ese combustible.       

“Que lo hagan, pero sin tocar el servicio público”, manifestó el dirigente, según reporte de Erbol.

Enfatizó, en ese sentido que el transporte público no accederá a un incremento en precio del combustible.

La Ley

La Cámara de Diputados sancionó la “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia”, que autoriza de manera temporal la importación privada de combustibles con el fin de asegurar el suministro en el país.

La norma, aprobada en la última sesión del periodo constitucional 2020–2025, establece un régimen excepcional de tres meses que permitirá a personas naturales o jurídicas importar e internar diésel, gasolina y gas licuado de petróleo (GLP), bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).

Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberá mantener la provisión estatal prioritaria e informar con anticipación sus capacidades de abastecimiento. Si la empresa no cubre el 100% de la demanda, los operadores privados podrán importar o adquirir combustible a un precio diferenciado y en régimen de libre competencia.

La ANH será la encargada de otorgar la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD), mediante una ventanilla digital única, en un plazo máximo de 48 horas hábiles. Si no emite respuesta dentro de ese tiempo, se aplicará el principio de silencio positivo.

Las importaciones realizadas bajo este régimen estarán exentas del pago del Impuesto a la Transferencia (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Además, las estaciones de servicio podrán adquirir combustibles a un importador autorizado o realizar la importación directa desde frontera, con un límite de hasta 19.900 litros de diésel por operación.

Para garantizar la transparencia, la ANH implementará un sistema de control con monitoreo GPS en tiempo real, publicará diariamente los datos de importación y fiscalizará la calidad de los combustibles. Las infracciones como acaparamiento, adulteración o especulación serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y, en su caso, denuncia penal.

La norma busca asegurar el abastecimiento nacional ante posibles contingencias en la provisión de carburantes y será aplicada por un periodo excepcional de tres meses, contado desde su promulgación.

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