Combustible
César Sánchez
27/10/2025 - 12:49

Diputados envía al Ejecutivo la Ley Corta Excepcional de combustibles para su promulgación

El objeto de la norma es implementar medidas excepcionales que permitan, por tres meses, la importación e internación de diésel, gasolina y GLP por operadores privados, garantizando el abastecimiento nacional ante situaciones de emergencia.

Persisten largas filas de autos en surtidores del país.

Finalmente y tres días después de que fuera sancionada, la Cámara de Diputados envió al Ejecutivo la “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia” para su promulgación.

La norma fue remitida por la presidenta en ejercicio de Diputados, Deysi Choque (MAS), al jefe de Estado, Luis Arce, según información de Unitel.

“Hermano Presidente: Adjunto a la presente, me permito remitir al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales, cuatro ejemplares debidamente suscritos por quienes corresponde, de la Ley sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional, ‘Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia’”, reseña la misiva fechada este lunes 27 de octubre.

Al respecto, la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, informó en días pasados que el presidente Luis Arce promulgará la norma una vez que el documento llegue al Ministerio de la Presidencia, cumpliendo los procedimientos constitucionales.

El objeto de la norma es implementar medidas excepcionales que permitan, por tres meses, la importación e internación de diésel, gasolina y GLP por operadores privados, garantizando el abastecimiento nacional ante situaciones de emergencia.

La normativa autoriza a personas naturales o jurídicas privadas la importación y comercialización de estos combustibles en el mercado interno, bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberá priorizar la entrega del carburante estatal e informar con anticipación las capacidades de suministro.

En caso de que YPFB no cubra el 100% de la demanda, las empresas podrán importar o adquirir diésel y gasolina a un precio diferenciado, bajo un régimen de libre competencia. Además, la ANH otorgará la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD) mediante una ventanilla digital única, con un plazo máximo de 48 horas hábiles; se aplicará el principio de silencio positivo si no hay respuesta dentro del plazo.

La ley también libera del pago del Impuesto a la Transferencia (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones bajo este régimen temporal. Las estaciones de servicio podrán comprar el combustible a un importador autorizado o importar directamente desde frontera, con autorización para comercializar hasta 19.900 litros de diésel.

Para garantizar la transparencia, la ANH implementará control mediante monitoreo GPS en tiempo real, publicará diariamente los datos de importación y supervisará la calidad del combustible. Las infracciones como acaparamiento, adulteración o especulación serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y, en su caso, denuncia penal.

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