Las empresas deben presentar alrededor de seis documentos, entre ellos el NIT, el registro actualizado en Fundaempresa y el testimonio de poder del representante legal. El plazo se cumple el 15 de septiembre.
El director de Trabajo, Roberto Pardo, explicó: "Conforme a lo dispuesto en muchos casos en sector privado, en el sector fabril por el tema de la producción, no pueden interrumpir sus actividades, en observancia de la ley general del trabajo, aquellas empresas privadas que no puedan sus pender sus actividades deberán remunerar una jornada doble por ser feriado".