Elecciones 2019
César Sánchez
25/06/2019 - 11:15

El TSE identifica una posible falta electoral de Evo y remite el caso a un juez electoral

El TSE informó que Morales pudo incurrir en una posible falta electoral en Morochata, donde ofreció obras a cambio de votos. Las sanciones pueden ser multas pecuniarias, arresto o trabajo social.

El presidente Morales en el municipio de Morochata, Cochabamba.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) identificó una posible falta electoral cometida por el presidente y candidato a la reelección por el Movimiento al Socialismo (MAS), Evo Morales, quien ofreció obras a cambio de votos en el municipio de Morochata, y remitió el caso a un juez electoral.

Mediante un comunicado, el TSE informa que “se remitió este martes al juez electoral competente el caso de la posible falta electoral cometida por el candidato a la Presidencia del Estado por el Movimiento Al Socialismo (MAS-IPSP), Evo Morales Ayma, durante un acto público que se desarrolló en el municipio de Morochata, en Cochabamba”.

La pasada semana, durante la entrega de 17 baterías de atajados para riego en el sector de Yayani, municipio de Morochata, en el departamento de Cochabamba, Morales señaló que si ese lugar le garantizaba el 100% de los votos en las elecciones de octubre les daría “lo que ellos pidan” el 2020.

“Si me garantizan el 100% (de los votos) lo que ustedes quieren el próximo año”, fue el mensaje que Morales dejó antes de finalizar su discurso.

Sus palabras generaron diversas críticas de parte de la oposición. Por eso, días después, Morales señaló que lo que hizo fue lanzar un “desafío con espíritu deportivo y bromista” y aseveró que si ello fue malinterpretado “pido disculpas”.

No obstante, el TSE aclaró que su Comisión de Análisis realizó de oficio un informe técnico sobre los dichos de Morales “luego de un examen del reporte de monitoreo informativo emitido por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Público (Sifde)”.

“Se solicitó a la Secretaria de Cámara del TSE remita la denuncia al juez electoral, en el marco de lo que establece el artículo 235 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral”, añade el comunicado del TSE.

El citado artículo señala que: “Las sanciones por faltas electorales serán establecidas por el Tribunal Supremo Electoral en Reglamento y aplicadas por los Jueces Electorales. Las sanciones podrán consistir en multas pecuniarias, arresto o trabajo social”.

El análisis del informe técnico de la comisión de análisis del TSE concluye que en el marco de las Elecciones Generales 2019, se identificó una posible vulneración a la Ley N° 026, en lo que respecta al periodo de propaganda electoral en actos públicos de campaña señalado en el artículo 116 de la misma norma, y a la prohibición de la realización de propaganda electoral en actos públicos de campaña “que implique el ofrecimiento de dinero o prebenda de cualquier naturaleza”.

La parte conclusiva del informe indica también que “el candidato presidencial Evo Morales Aima habría incurrido en las posibles faltas electorales por inobservancia de los Artículos 116, y 119 de la Ley 026 de Régimen Electoral”.

También señala que “la jueza o el juez electoral es la autoridad competente para sustanciar cualquier proceso por faltas electorales y emitir la sanción en los casos que correspondan”.

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