Cuarentena
César Sánchez
28/05/2020 - 17:37

Gobierno aprobó Decreto para flexibilizar la cuarentena desde junio; se podrá circular de 05:00 a 18:00

El Decreto, sin embargo, da mayor autonomía a las Gobernaciones y Alcaldías para la toma de decisiones de acuerdo a la realidad de sus regiones.

El ministro de Desarrollo Productivo, Óscar Ortiz, informó que el gabinete ministerial aprobó un Decreto Supremo para regular la cuarentena dinámica a partir del 1 de junio y así poder flexibilizar la medida reactivando algunas actividades que, hasta hoy, siguen restringidas.

“Se ha aprobado varios decretos, especialmente el que regula la cuarentena en junio, dinámica y condicional. Se va a permitir una serie de actividades que aún no estaban operando”, aseveró  Ortiz en rueda de prensa, a tiempo de aclarar que ya no estará en vigencia la restricción en base al número del carnet de identidad.

Señaló, asimismo, que el Decreto también otorga mayor autonomía a las gobernaciones y alcaldías para definir el futuro de la cuarentena en cada uno de los municipios.

En ese sentido, Ortiz señaló que el Gobierno dispuso que la jornada laboral y el horario de circulación empiece a las 5 de la mañana y termine a las 6 de la tarde, de lunes a viernes; sin embargo, recalcó que cada municipio y Gobernación podrá regular ese rango de horario para cada sector.

“Con este Decreto el Gobierno establece un rango de horario entre las 5 de la mañana y las 6 de la tarde. (Pero) Al interior de cada municipio y departamento se pide que las autoridades puedan regular los horarios de los diferentes sectores para que no todos coincidan en el ingreso o salida”, señaló, a tiempo de recalcar que las labores serán en horario continuo.

Respecto al transporte, Ortiz señaló que el permiso para habilitar los viajes interdepartamentales dependerá el Gobierno nacional; los intermunicipales e interprovinciales de las gobernaciones; y los del interior de cada municipio de las Alcaldías.

Por otro lado, Ortiz también informó que el gabinete aprobó otros decretos “que autorizan el diferimiento de pagos en materia impositiva, créditos, servicios básicos y en el pago a las administradoras de pensiones" por otros tres meses, hasta septiembre.

“Todos quienes deben menos de un millón de bolivianos van a  tener un nuevo diferimiento, con lo que se tiene los seis meses de diferimiento y se empezaría a pagar la primera cuota en septiembre”, recalcó.

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