Coronavirus
César Sánchez
30/07/2020 - 10:13

Cruz acusa a Añez de incumplir sus deberes y exige promulgar la Ley para atender a pacientes Covid en clínicas privadas

Cabe recordar que hace pocos días, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Choque, hizo el mismo pedido a la Presidenta del Estado.

La defensora del Pueblo, Nadia Cruz, acusó a la presidenta del Estado, Jeanine Añez, de incurrir en un incumplimiento de deberes y le exigió promulgar la Ley para garantizar la atención gratuita de pacientes de coronavirus en clínicas privadas.

“Observamos la falta de acción oportuna, diligente y un evidente incumplimiento de deberes por parte de la Presidenta transitoria Jeanine Áñez respecto a la omisión en la promulgación de la referida Ley; denunciamos públicamente esta conducta, que además de infringir la Constitución Política del Estado, pone en situación de riesgo y vulnerabilidad la salud de la población”, manifestó Cruz.

La Defensora, en conferencia de prensa, manifestó que en este momento en que el sistema público y de seguridad social de salud se encuentra colapsado, es importante que las clínicas privadas se incorporen en la lucha contra el coronavirus de forma universal y con acceso irrestricto hacia la toda la población y no sólo para las personas que cuentan con recursos económicos.

“Este estado de vulnerabilidad absoluta es en el que ha puesto a la población la actitud negligente y dilatoria de la Presidente Áñez al no promulgar la Ley para Garantizar la Atención y Tratamiento por Parte del Subsector Privado de Salud Durante la Emergencia Sanitaria Producida por el Coronavirus COVID – 19”,  remarcó Cruz quien, además, dijo que no se quiere pensar que haya una suerte de protección a las clínicas privadas en desmedro de la población.

Cabe recordar que hace pocos días, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Choque, hizo el mismo pedido a Añez.

“Quiero reflexionar a la hermana Presidenta, porque somos bolivianos al final, de que promulgue la ley que posibilite que los hospitales, clínicas privadas, puedan entrar en funcionamiento, ayudando a los enfermos con Covid-19; también le quiero pedir que no estemos esperando que haya mayores consecuencias, tenemos que habilitar más espacios  donde puedan ser atendidos los que tengan Covid”, había manifestado el legislador.

La Ley

El pasado 8 de julio, el pleno de la Cámara de Senadores sancionó la Ley Transitoria para que las clínicas privadas atiendan gratuitamente a pacientes con coronavirus. La norma garantiza que los pacientes de Covid – 19 que no pueden ser atendidos en el subsistema público sean transferidos – a costo del Estado – a las clínicas privadas.

La Ley de cuatro artículos, una disposición final y una disposición transitoria; establece que los establecimientos médicos en todos sus niveles “deberán atender obligatoriamente y sin dilación alguna a todas las personas que sean referidas por el subsector público” a fin de ser diagnosticadas, atendidas o tratadas por coronavirus Covid – 19 acorde a los protocolos de bioseguridad.

También indica que el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado estará a cargo del reembolso a las clínicas privadas, considerando “el precio real en el que se haya incurrido y demostrable de forma documentada”, para ello se deberá aprobar un reglamento a cargo del Ministerio de Salud, en un plazo de cinco días.

El nivel central del Estado podrá compensar o reembolsar los costos de la atención con la dotación de medicamentos, insumos y/o equipos para el tratamiento, mientras que las clínicas privadas tienen la obligación de dar a conocer la evolución de los pacientes que sean referidos.

Como fuentes de financiamiento para la atención gratuita de los pacientes de Covid – 19, la norma indica que pueden ser utilizados los recursos establecidos en la Ley 602 de Gestión de Riesgos, los créditos y donaciones externas e internas.

En la disposición final se precisa que las personas que opten por acudir directamente a las clínicas privadas “deberán acordar con los servicios privados de salud los costos y condiciones en el marco de la libertad contractual”.

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