Polémica
César Sánchez
11/05/2020 - 11:58

Tras la aprobación de Decreto que penaliza la desinformación, Núñez pide a los periodistas “estar tranquilos”

Mediante un Decreto Supremo, el  Gobierno dispuso que se sancione penalmente la difusión de la información “escrita, impresa y/o artística” que genere “incertidumbre en la población”.

 

El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, pidió hoy a los periodistas estar tranquilos respecto al Decreto Supremo (DS) 4231 que sanciona penalmente la difusión de la información “escrita, impresa y/o artística” que genere “incertidumbre en la población”.

En conferencia de prensa, Núñez afirmó que la norma no afecta a los periodistas, ya que ese rubro se atañe a la Ley de Imprenta.

“Tienen que cuidarse esos ciudadanos que difunden mala información, que tienen intereses políticos, los periodistas tienen que estar tranquilos. El periodismo se somete a la Ley de Imprenta que está establecido en la Constitución Política del Estado (CPE); seguramente alguien está interpretando de otra forma, no puede haber otra interpretación por encima de la CPE y las leyes”, afirmó la autoridad.

La presidenta del Estado boliviano, Jeanine Añez, promulgó el 7 de mayo el Decreto Supremo (DS) 4231 que modifica los alcances de los decretos 4119 y 4200 y ahora sanciona penalmente la difusión de la información “escrita, impresa y/o artística” que genere “incertidumbre en la población”.

Así, con la vigencia de ambos decretos,  cualquier persona que difunda información en cualquiera de esas tres formas y otras, será pasible a denuncia por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal. El nuevo decreto modifica el parágrafo II del artículo 7 del Decreto Supremo N° 4199, de 21 de marzo de 2020; y el parágrafo II del artículo 13 del Decreto Supremo N° 4200, de 25 de marzo de 2020.

Según dio a conocer Erbol, los decretos modificados tenían un texto genérico y señalaban que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán objeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.

Sin embargo con la reciente modificación que se encuentra en la parte de las disposiciones adicionales, se cambia el texto de la siguiente manera:  “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística y/o por cualquier otro procedimiento que pongan en riesgo o afecten a la salud pública, generando incertidumbre en la población, serán pasibles a denuncias por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal”.

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