Alegatos orales
Vanessa Vélez Loza
26/03/2018 - 13:28

Chemillier-Gendrae enfatiza en que negociación debe estar sometida al derecho y tener un objetivo definido

Señaló que la Corte deberá precisar el efecto de negociar con un mínimo de condiciones básicas

Foto; ABI.

Monique Chemillier-Gendrae, la abogada francesa parte del equipo jurídico boliviano, cerró la intervención de los juristas en la fase oral de la demanda marítima boliviana ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, enfatizando en las características que el proceso de negociación que Bolivia solicita debería tener. Resaltó que éste debe regirse por la doctrina del Derecho y, por lo tanto, iniciarse con un objetivo establecido.

La abogada señaló que por lo expuesto por Bolivia la negociación tendría que estar sometida al Derecho y, en este marco jurídico, la Corte deberá precisar el efecto de negociar con un mínimo de condiciones básicas. Descartó la posición de Chile de que la negociación es extranjera al Derecho y que depende exclusivamente del poder soberano o discrecional de los estados.

Mencionó que dicha negociación debe estar sujeta a procedimientos que tomen en cuenta las propuestas de las partes y que éstas deben abstenerse de romperlas o dilatarlas por “plazos anormales”. “La mayor parte del tiempo, sin que haya obligación de concluir, la obligación de negociar está definida por el hecho de que el objeto de negociar está definido de antemano”, indicó Chemillier-Gendrae.

Recordó que la negociación puede darse en una “gama extensa de situaciones” y que el papel de la corte es dar las dimensiones del caso al que están sometidos Bolivia y Chile, que para la jurista es negociar con miras a llegar a un acuerdo.

Manifestó que después de más de un siglo desde la contienda bélica, tanto Chile como Bolivia han desarrollado nuevas necesidades e intereses que pueden ingresar en la mesa de negociación. Y concluyó resaltando el papel de la Corte de dar justicia a la situación boliviana, señalando que los bolivianos tienen “expectativas legítimas” que surgieron a partir de el accionar de Chile.”

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